Renovación
REQUISITOS PARA LA RENOVACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN TEMPORAL PARA LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS ESPECIALES DE LAS CATEGORÍAS: M, N y O
La emisión de la Autorización para los vehículos especiales tendrá una vigencia de cinco (5) años, renovables
previa verificación de las condiciones que dieron mérito a la Autorización inicial. No obstante, la vigencia de la
Autorización está condicionado a la presentación de una certificación anual que acredite que el vehículo mantiene
las condiciones técnicas que dieron mérito a la expedición de la autorización, la que será expedida por una
entidad certificadora designada por la DGTT para la emisión de los certificados de conformidad y operatividad.
De no presentarse las certificaciones anuales en los plazos indicados en la misma Autorización, ésta caducará de
Para obtener la Renovacion de la Autorizacion Temporal para la Circulación de Vehiculos Especiales, los usuarios deberán presentar lo siguiente:1.- Solicitud de Renovación de la Autorización Temporal, presentado por la persona natural o jurídica. Presentar en Mesa de Partes de Provias Nacional
2.- Copia simple del documento de identidad del representante legal
3.- Original del Certificado de Conformidad de no Modificación del vehículo
4.- Copia legalizada o original del Certificado de Operatividad del vehículo5.- Copia simple de la Resolución de Gerencia
6.- Copia simple de la Autorización Temporal