Dirección de Supervisión

La Dirección de Supervisión es la unidad funcional de línea, responsable de realizar acciones de supervisión y verificación a la ejecución de las inversiones, actividades e intervenciones sobre la Infraestructura de la Red Vial Nacional, en el marco de la normativa vigente. Depende de la Dirección Ejecutiva.

FUNCIONES:

La Dirección de Supervisión tiene las siguientes funciones:

  1. Formular, proponer y ejecutar las actividades de supervisión, evaluación y conformidad técnica a las inversiones, actividades e intervenciones sobre la infraestructura de la Red Vial Nacional.
  2. Establecer lineamientos para la supervisión y verificación del cumplimiento de los estándares de calidad de los proyectos a su cargo, en coordinación con las demás unidades funcionales de la entidad.
  3. Evaluar, controlar y monitorear las actividades de supervisión que garantiza el estricto cumplimiento de las obligaciones técnicas por parte de las empresas contratistas, durante la ejecución de las obras, recomendando oportunamente la adopción de las decisiones pertinentes en materia de su competencia.
  4. Administrar contratos y convenios en materia de su competencia sobre la supervisión de las obras de la infraestructura vial de la Red Vial, hasta su respectiva liquidación contractual.
  5. Elaborar y aprobar términos de referencia para la contratación de las empresas consultoras de supervisión de obra.
  6. Ejecutar y controlar los procesos de supervisión, seguimiento y verificación del cumplimiento de los estándares de calidad en la ejecución de los proyectos, coordinando con unidades funcionales responsables.
  7. Revisar, verificar, evaluar y emitir opinión técnica al informe de borrador final de los estudios definitivos para la ejecución de las obras de construcción, rehabilitación y mejoramiento de la infraestructura vial de la Red Vial Nacional, a cargo de la Subdirección de Estudios.
  8. Revisar, verificar, evaluar y dar opinión dirimente y conformidad técnica a las prestaciones adicionales de obra y ampliaciones de plazo, cuando impliquen modificaciones en el expediente técnico en coordinación con la Subdirección de Carreteras y la Subdirección de Estudios.
  9. Evaluar las fallas o fisuras identificadas en la carretera por la Dirección de Gestión Vial, determinando o confirmando su detalle, magnitud, y si aquellas se deben a deficiencias constructivas o son de responsabilidad del contratista.
  10. Elaborar el informe técnico para las reparaciones de las fallas detectadas en la obra, así como, establecer el costo de las reparaciones.
  11. Mantener coordinación permanente con las unidades funciones responsables de la administración de los contratos de obras bajo su supervisión
  12. Emitir opinión técnica en el ámbito de sus funciones.
  13. Participar en la formulación del programa de inversión de infraestructura vial de la Red Vial Nacional.
  14. Participar en los procesos de selección de los proyectos en el ámbito de sus competencias.
  15. Gestionar y promover la aplicación y uso de nuevas tecnologías para el desarrollo de los proyectos o actividades de conservación.
  16. Administrar la Información sobre proyectos, actividades y la base de datos en el ámbito de su competencia.
  17. Proponer, elaborar y visar proyectos de resoluciones de dirección ejecutiva, contratos, adendas y convenios en lo que corresponda a materias de su competenciaEmitir Resoluciones Directorales sobre asuntos de su competencia; y
  18. Otras funciones que le asigne el/la Director/a de Infraestructura y aquellas que se le sean otorgadas por normativa expresa.